En ocasiones, en nuestro despacho, podemos recibir encargos de difícil solución por cuanto las expectativas de una parte no se corresponden ni van a ser nunca acogidas por la parte contraria; quién, no sólo lucha por ganar el pleito sino que, además, en su énfasis de victoria, pretende alejar con ello a su contrincante.
En estos supuestos, la resolución judicial en primera instancia o en apelación va a ser determinante a la hora de valorar si hemos de parar o, por el contrario, seguir adelante con la defensa de nuestro cliente. Para el abogado, puede ser fácil la reflexión – salvando siempre la decisión del cliente – cuándo se trata de cuestiones de índole puramente económica. Pero no lo es tanto, cuándo las cuestiones que se reclaman son de índole emocional y contienen elementos que han podido contaminar el sentir de aquellos más vulnerables y/ o influenciables como lo pueden ser los menores de edad.
No es fácil asimilar para una madre- tampoco para un padre- que un hijo adolescente no desee brindarte la oportunidad de acercamiento aun cuando las circunstancias hayan sido adversas y de difícil interpretación. Máxime, si en la elaboración de ese » sentir adolescente» median presiones o actitudes contrarias a dicho acercamiento por parte del otro progenitor. Y en tal sentido, cobrando especial importancia el tiempo transcurrido de alejamiento, no va a ser fácil la resolución por parte de los Jueces; quiénes, en primer lugar y con carácter primordial, han de resolver siempre » en beneficio del menor».
En casos parecidos, el informe del equipo técnico va a ser importante, a veces decisivo, a la hora de determinar el fallo de la Sentencia por parte del Juzgador. Informe que no siempre se ajusta a las pretensiones de una de las partes y que tampoco debiera ser sobrevalorado por parte del organo decisor. En ocasiones, el menor acude a dicha entrevista – como también puede hacerlo en el seno de una exploración judicial – aleccionado por uno de los padres y ello, especialmente, si el progenitor contrario se halla en indefensión por no haber podido formar parte de la vida del menor durante gran parte de su tiempo.
Para el abogado, cada caso es único e irrepetible; sorprendiéndote, a menudo, con un elemento que te hace no sólo revisar lo ya aprendido sino acabar admitiendo que todavía tienes mucho que aprender.